TSJ declara la constitucionalidad del Decreto de Emergencia Económica
La medida se apega al artículo 338 de la Carta Magna y se prolonga por 60 días más
12/08/26.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del decreto que prorroga el estado de Emergencia Económica en todo el país, ordenado por la presidenta Delcy Rodríguez, al determinar que la medida se apega al ordenamiento jurídico.
La medida, oficializada mediante la sentencia N.° 824 con fecha 11 de agosto de 2026, convalida la norma publicada previamente en la Gaceta Oficial N.° 7.066 Extraordinaria del pasado 8 de agosto.
La resolución publicada en Gaceta Oficial establece que el estado de Emergencia Económica estará vigente en todo el país durante 60 días.
En este sentido, la Sala informó que esta decisión será publicada en la Gaceta Oficial, en la Gaceta Judicial y en la página web del TSJ, en cuyo sumario deberá indicarse lo siguiente:
“Sentencia de la Sala Constitucional que declara: La CONSTITUCIONALIDAD del Decreto N.º 5.414, dictado por la Presidenta Encargada de la República Bolivariana de Venezuela, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y su ordenamiento jurídico, por un lapso de sesenta (60) días”.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 338 que el estado de Emergencia Económica tendrá una duración máxima de 60 días, con la posibilidad de una sola prórroga por un lapso equivalente de 120 días continuos en total.
MIGUEL MENDOZA / CIUDAD CCS
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