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TSJ prioriza demandas de bienes afectados por sismos

Tribunales civiles tendrán transitoriamente jurisdicción especial

Poder Judicial busca agilizar trámites legales a las familias afectadas por los sismos. Fotografía: Referencial.

11/08/26.- Según resolución Nº 2026-0005 del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), se le asignó a tribunales ordinarios la nueva Jurisdicción Civil Especial para la Atención de las Personas Afectadas por el Doble Terremoto.

En esta jurisdicción se estarán atendiendo de manera expedita  los casos relacionados a los  inmuebles que quedaron afectados por los sismos, así como las transacciones de compra-venta truncadas por este evento natural.

La resolución explica su origen en la petición que hizo la presidenta de la Republica Delcy Rodríguez, al Poder Judicial.

‘’La Presidenta de la República, Doctora Delcy Rodríguez Gómez, en su condición de Jefa de Estado, solicitó al Tribunal Supremo de Justicia la creación de una jurisdicción especial para atender los temas civiles que se derivan del doble terremoto’’, reza la resolución de los magistrados.

En el mismo sentido, el TSJ explicó que no creó nuevos tribunales, sino que le asignó transitoriamente a los tribunales civiles ya existentes en Venezuela esa jurisdicción especial a nivel nacional. Y aclara que la Sala Plena del TSJ, instancia que reúne la totalidad de los 20 magistrados, ‘’podrá crear más tribunales dentro de esta Jurisdicción Especial, cuando el número de causas así lo amerite’’.

Además, la resolución delimita los asuntos que deben conocer esos tribunales civiles, en estas circunstancias. Y dice expresamente que esos tribunales civiles conocerán ‘’de los asuntos relacionados con la personalidad jurídica, estado y capacidad de las personas, derechos reales, personales, sucesorales, propiedad inmobiliaria y, en general, todos los asuntos de naturaleza civil que se generen como consecuencia de los eventos sísmicos del 24 de junio de 2026, a excepción de los que involucren niños, niñas y adolescentes, los cuales serán conocidos por los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes’’.

Los magistrados dejaron asentado que para tramitar las demandas en la Jurisdicción Especial está prohibido sacrificar la justicia ‘’por la omisión de formalidades no esenciales’’. En consecuencia, los expedientes ‘’se sustanciarán y decidirán en concordancia con los principios de accesibilidad, buena fe, gratuidad, debido proceso, imparcialidad, transparencia, publicidad, oralidad, simplicidad, eficacia, brevedad y celeridad’’, dice la letra de la resolución.

La nueva resolución

La resolución fija los criterios de actuación de los tribunales civiles en estas circunstancias específicas de Venezuela, luego del 24 de junio pasado, cuando ocurrió el fenómeno natural que devastó edificaciones, carreteras, dejando más de 6 mil 125 muertos y 41 mil 624 viviendas afectadas, según balance oficial del pasado 3 de agosto.

Además esta acción del máximo tribunal ofrece la posibilidad de convocar a un funcionario de la Defensa Pública con competencia en la materia civil, el Tribunal Supremo de Justicia dispondrá de una red de abogados y abogadas para asumir la asistencia jurídica gratuita de las personas que resultaron afectadas por la contingencia sísmica, cuando así lo requieran.

Los jueces deberán impulsar de oficio las causas que se sigan ante esta jurisdicción especial hasta su conclusión. Asimismo, deberán interpretar y aplicar las normas que correspondan según los valores y principios de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En aquellos juicios ordinarios en marcha en los cuales una de las partes involucradas fuese objeto del procedimiento de presunción de muerte con base en los sismos del 24 de junio de 2026, aquellas causas se suspenderán hasta el dictamen de sentencia declaratoria de presunción de muerte para aplicar el llamamiento de los sucesores conforme a la ley.

Finalmente, esta resolución delega en la Sala de Casación Civil del TSJ, la coordinación de la jurisdicción especial. En este sentido, dicha Sala queda facultada para proponer ante la Sala Plena instructivos, protocolos de actuación judicial y manuales de buenas prácticas que deberán ser aplicados a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la resolución.

LUIS BLANCO / CIUDAD CCS