A 37 años de la "Masacre del Amparo", sin justicia ni reparación
El caso por el asesinato de 14 pescadores se reabrió en 2016, tras sentencia del TSJ
11/03/26.- A 37 años de la Masacre del Amparo ocurrida el 29 de octubre de 1988 donde resultaron asesinados 14 de 16 pescadores por efectivos policiales y militares, en el Caño la Colorada, situado en la población del Amparo en el estado Apure, por parte del Comando Específico José Antonio Paez ( CEJAP). Estas acciones de terrorismo de Estado, se convirtieron en cotidianas durante los gobiernos de la Cuarta República.
El abogado Ignacio Ramírez, presidente de la Federación Nacional de Defensa de los Derechos Humanos de Venezuela (Fenaddeh), denuncia que aún no haya avanzado el proceso judicial, tomando en cuenta que los tribunales militares declinaran esa causa en la jurisdicción penal ordinaria.
Ramirez quien estuvo presente durante la causa militar y ante la presunción de un conflicto de competencia, solicitó que fuese la jurisdicción penal ordinaria, quien conociera y decidiera en torno al ajusticiamiento cometido por el CEJAP. Sin embargo aún no ha enviado el expediente, al juzgado con competencia para que avance el proceso.
La masacre de El Amparo está reabierta formalmente desde el año 2016, cuando la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anuló la decisión de la Corte Marcial ad hoc que en 1998 cerró el proceso abierto contra los quince señalados por los crímenes.
Esta decisión se produjo como parte de las actuaciones que las autoridades, en especial el Ministerio Público (MP), pusieron en marcha a raíz de la aprobación en 2011 de la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y Otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el Período 1958-1998.
La medida legal impulsada por el gobierno bolivariano buscaba accionar los mecanismos necesarios para brindar reconocimiento, justicia, reparación para todas las víctimas de estos hechos tan repudiables y a sus familiares.
Los Hechos
El 29 de octubre de 1988, en la población de El Amparo, en una zona conocida como Caño Las Coloradas, en el estado Apure, fueron asesinados 14 hombres, pescadores y campesinos, luego de ser emboscados por funcionarios policiales y militares, integrantes del Comando Específico José Antonio Páez, creado por el presidente de la época, Jaime Lusinchi.
Ese día 16 pescadores y campesinos fueron a trabajar al río en una embarcación o bongo y al regresar de la faena fueron interceptados a balazos; de los 16 hombres que salieron a faenar ese día, solo dos sobrevivieron. José Augusto Arias y Wolmer Gregorio Pinillas junto a los demás compañeros abatidos fueron acusados de guerrilleros.
“Eran aproximadamente las 11:30 del mediodía cuando fueron emboscados; el procedimiento que se usó fue una emboscada simplemente”, declaró en su momento Ramirez, al Correo del Orinoco.
En octubre de 1988, tras los sucesos la comisión especial para investigar la masacre, designada por el extinto Congreso, presentó el informe de la exhumación de los 14 pescadores y determinó que “recibieron los disparos por la espalda y la parte posterior de la cabeza. Dicha comisión concluye que no hubo enfrentamiento sino una ejecución”. De esta forma se desmintió la versión de los funcionarios de los miembros del Cejap.
En esos hechos abominables un juez militar de San Cristóbal había eximido a los autores materiales de esos crímenes alegando legítima defensa cuando las experticias demostraron que 10 de los pescadores fueron asesinados por la espalda y que se trató de una vulgar emboscada para simular un enfrentamiento con supuestos guerrilleros.
Dos meses después de la presentación del informe, el 16 de enero de 1989, el Consejo de Guerra revocó los autos de detención, José Augusto Arias y Wolmer Gregorio Pinillas fueron puestos en libertad. En abril de ese mismo año la Corte Marcial ordena la libertad de los 19 funcionarios que actuaron en la Masacre de El Amparo.
Los únicos 2 sobrevivientes de la emboscada fueron perseguidos y se logró que el Gobierno de México les otorgará el asilo, acción que fue apoyada por la ONG presidida por Ramírez, quien redactó un estudio técnico jurídico posteriormente entregado al embajador de ese país hermano.
La Comisión Interamericana de los Derechos Humanos en 1993, recomendó al Estado sancionar a los autores intelectuales y materiales del delito e indemnizar a los sobrevivientes y a los familiares de las víctimas.
El Estado se negó y en enero de 1994, la Comisión elevó la demanda ante la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH). En 1996, el organismo de justicia internacional impuso la reparación de los daños por 722.332 dólares.
A pesar de la solicitud de la CIDH, en julio de 1998 la Corte Marcial ad hoc, actuando como tribunal de reenvío en la jurisdicción penal militar, absolvió a las quince personas, entre civiles y militares, del delito de homicidio intencional, procesadas por el caso de El Amparo.
Aunque los testimonios de los sobrevivientes, más la presentación del informe del Congreso demostraban que los pescadores fueron ejecutados, la sentencia determinó que “por cuanto en los hechos que originaron el proceso penal militar, actuaron en ejercicio legítimo de una autoridad o cargo y en defensa de sus personas, se les exime de la pena”.
A casi cuatro décadas de la ejecución extrajudicial de estos 14 humildes venezolanos, en una época donde los crímenes de estado eran un mecanismo de persuasión para la disidencia y el control social, es imperante que se cierre este oscuro capítulo a través impartiendo justicia y castigando a los responsables.
ROXIBEL LAIRET/CIUDAD CCS
