Invalidan veto de Milei a Ley de Emergencia en discapacidad

La acción fue llevada a cabo por el Juzgado Federal del país austral

Juez González, Charvay: “derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias”.

 

19/08/25.- El Juzgado Federal de Campana declaró la invalidez del veto de Javier Milei a la ley que declaró la emergencia en discapacidad, estableciendo un importante precedente en la protección de los derechos sociales frente a ajustes económicos.

El juez Adrián González Charvay destacó en su fallo que “el derecho de los niños con discapacidad prevalece ante cuestiones presupuestarias”, priorizando la protección de sus derechos sobre consideraciones fiscales.

El magistrado expresó que “antes que el equilibrio fiscal, la prioridad debe ser salvaguardar los derechos de las personas con discapacidad”, criticando que la medida del presidente ignoró dicha prioridad.

La decisión surgió tras un amparo presentado por los padres de dos niños con autismo, quienes denunciaron que se les negaban tratamientos necesarios para su estímulo y desarrollo.

En la acción judicial, se declaró específicamente la invalidez del Artículo 3 del Decreto 534/2025, mediante el cual el Poder Ejecutivo vetó la Ley 27.793.

Es importante señalar que esta medida afecta solo al caso concreto de los demandantes y no tiene un alcance general, limitándose a esa situación particular.

El fallo también ordena que las obras sociales de los menores restablezcan las prestaciones estipuladas en la ley de emergencia en discapacidad y que los costos del proceso judicial sean asumidos por el Estado Nacional. En conclusión, esto reafirma el compromiso de proteger los derechos de las personas con discapacidad frente a las decisiones políticas que puedan vulnerarlos.

CIUDAD CCS


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