Historia viva | Los infantes “trabajadores” 1925-2025

11/06/2025.- Hace cien años era normal ver a niños y niñas en fábricas haciendo tareas propias de adultos, a pesar de que una Convención Internacional en 1919 había estipulado que “Los niños menores de catorce años no podrán ser empleados ni podrán trabajar en empresas industriales, públicas o privadas o en sus dependencias, con excepción de aquellas en que únicamente estén empleados los miembros de una misma familia”.

En el siglo XIX, el Libertador Simón Bolívar, en plena guerra de independencia, emitió un decreto que confería protección a las y los infantes en el marco de la primera de una ordenanza que otorgaba la libertad a los esclavizados. Así se expresó aquel revolucionario decreto en Carúpano el 2 de junio de 1816:

“Considerando que la justicia, la política y la patria reclaman imperiosamente los derechos imprescriptibles de la naturaleza, he venido en decretar, como decreto, la libertad absoluta de los esclavos que han gemido bajo el yugo español en los tres siglos pasados. Considerando que la República necesita de los servicios de todos sus hijos, tenemos que imponer a los nuevos ciudadanos las condiciones siguientes:

“Artículo segundo. Los ancianos, las mujeres, los niños y los inválidos quedarán eximidos desde ahora para siempre del servicio militar; como igualmente del servicio doméstico y campestre en que estaban antes empleados a beneficio de sus señores”.

Esa tradición de justicia se ha mantenido durante doscientos años, a pesar de las imposiciones negativas que la sociedad de clases ha obligado a la humanidad infantil a trabajar como adultos durante el siglo XX y lo que va del siglo XXI.

La designación del Día Internacional contra el Trabajo Infantil (12 de junio), una resolución por parte de la ONU desde el año 2002, nos permite analizar el pasado reciente y comparar históricamente cómo se comportan las estadísticas en países afines en población y cultura como Colombia y Venezuela en las cuales notamos significativas diferencias a pesar de que contra la patria de Bolívar se ha desatado una endemoniada campaña por silenciar los alcances hechos por Venezuela en términos de protección a niños, niñas y adolescentes.

La declaración de la Sociedad de las Naciones reunida en Ginebra en 1924 aprobó “la Declaración de los Derechos del Niño, llamada también la Declaración de Ginebra, documento en el cual por primera vez se reconocía y afirmó la existencia de derechos específicos de los niños, así como la responsabilidad de los adultos hacia ellos”.

Según datos recientes de la Organización de Naciones Unidas, en África, Asia y el Pacífico, de 10 niños menores de 14 años, 9 de ellos trabajan en condiciones forzadas; en Europa y Asia Central el número de niños y niñas trabajadores alcanza la cifra de 6 millones. En América, de los 60 millones de jóvenes menores de 18 años que habitan el continente, 11 millones trabajan en condiciones irregulares. Ello nos da una alerta ante una problemática tributante.

Si en América hay 11 millones de niños y niñas trabajando es porque están fuera del sistema escolar, muchos de ellos en condiciones forzadas u obligados por las situaciones socioeconómicas de las familias latinoamericanas, lo que nos obliga a pensar en revertir esa tragedia humana.

Naciones Unidas aprobó el Convenio 138, en 1973, sobre la edad mínima para la admisión al empleo, una resolución de obligatorio cumplimiento para los Estados miembros que establece en su Artículo 1: “Todo miembro para el cual esté en vigor el presente Convenio se compromete a seguir una política nacional que asegure la abolición efectiva del trabajo de los niños y eleve progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo a un nivel que haga posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores”.

En el Artículo 3 señala: “La edad mínima de admisión a todo tipo de empleo o trabajo que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda resultar peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores no deberá ser inferior a dieciocho años”.

En Venezuela, la población de niños, niñas y adolescentes alcanzó los 9.600.000 (30% de la población) en 2020; se estima que más de 8,8 millones de niños, niñas y adolescentes están matriculados en el sistema educativo en 2025, lo que significa que cerca de 800.000 están fuera del sistema escolar porque pueden estar trabajando o estén en condiciones especiales, mientras que 140.000 infantes en condiciones especiales están en el sistema educativo.

La comparación con la población similar en Colombia es contrastante. Se estima que en ese país hay 15.904.623 niños, adolescentes y jóvenes de entre 0 y 19 años, lo que representa aproximadamente el 30,8% de la población total del país, pero, según las cifras oficiales, señalan que más de 2,5 millones están fuera del sistema escolar, lo que es proporcional al número de infantes de entre 0 y 14 años en condiciones de trabajo.

Aldemaro Barrios Romero

 

 

 


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