Sundde modifica sus normas comerciales simplificando los trámites
Registro Único de actividades económicas ya no requerirá renovación periódica
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02/09/26. - La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos emitió un comunicado el cual establece la eliminación de la fecha de vencimiento del certificado del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE) un reguisito obligatorio para el sector comercial e industrial.
Este organismo adscrito al Ministerio de Industrias y Comercio Nacional precisó, dentro de su comunicado que la acreditación, exigida bajo el marco de la Ley Orgánica de Precios Justos, mantendrá a partir de este momento una vigencia indefinida.
Es importante destacar que la medida estará garantizando un alivio para los dueños de establecimientos y otras entidades de carácter comercial. Lo que permite suprimir el proceso recurrente de renovación periódica, donde las empresas
debían gestionar obligatoriamente para evitar sanciones administrativas o cierres preventivos durante las fiscalizaciones.
Asimismo, la Sundde aclaró que los comerciantes solo deberán ingresar al sistema para actualizar sus datos cuando efectúen cambios formales en su Registro de Información Fiscal (RIF), tales como modificación de la razón social, directiva o domicilio fiscal.
Comunicado
En el marco de lo establecido en el artículo 10 de la Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos, publicada en la Gaceta Oficial N° 7.018 Extraordinario del 8 de abril de 2026, mediante el cual se instruye a la Administración Pública adecuar sus procedimientos para garantizar respuestas breves, eficientes y efectivas a la ciudadanía, incorporando tecnologías electrónicas, informáticas y telemáticas que eliminan la duplicidad de requisitos y simplifican cada gestión.
La Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE), ente adscrito al Ministerio del Poder Popular de Industrias y Comercio Nacional, a partir de este momento, les notifica que el certificado del Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE), consagrado en las disposiciones de control de la Ley Orgánica de Precios Justos, no tendrá fecha de vencimiento y solo se deberá actualizar en caso de que la empresa, comercio o industria realice modificaciones en su RIF.
Su vigencia pasa a ser indefinida, lo que garantiza una simplificación administrativa efectiva y consolida la estabilidad jurídica y operativa de todo el sector comercial de la Nación.
MIGUEL MENDOZA /CIUDAD CCS
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