Así van a funcionar los Tribunales Especiales para víctimas del sismo
Autoridades del TSJ aprueban gratuidad en todos los servicios legales del nuevo mecanismo
12/08/26.- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en consonancia con la realidad de la población venezolana y en especial con la población afectada por los movimientos telúricos en el país, creó a través de la Resolución Nº 2026-0005, del 5 de agosto del presente año, la Jurisdicción Civil Especial para la Atención de las Personas Afectadas por el Doble Terremoto, la cual contará con apoyo interinstitucional del Estado venezolano, contempla crear tribunales especiales si así lo amerita la situación y tendrá un carácter gratuito.
Esta resolución para la creación de una nueva jurisdicción está sustentada en 20 artículos, que dan a conocer a toda la población con claridad cuáles casos atenderá para el bienestar y beneficio de toda nuestra población.
A continuación detallamos los alcances del nuevo régimen legal aprobado para resolver los asuntos legales derivados de esta emergencia:
Articulado
En su primer artículo “se establece la jurisdicción civil especial para la atención de las personas afectadas por el doble terremoto. A tal efecto se asigna transitoriamente a los Tribunales civiles la presente jurisdicción especial a nivel nacional para conocer de los asuntos relacionados con la personalidad jurídica, estado y capacidad de las personas, derechos reales, personales, sucesorales, propiedad inmobiliaria”.
Menores de edad sigue bajo sus tribunales naturales
El TSJ define que la única excepción está en los casos que involucren a menores de edad, los cuales serán conocidos por los Tribunales de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Asistencia jurídica gratuita
En su artículo número 5, esta decisión del TSJ, mantiene la gratuidad de los servicios judiciales, apoyado por las instituciones administradoras de justicia en Venezuela. El máximo tribunal ofrece la posibilidad de convocar a un funcionario de la Defensa Pública con competencia en la materia civil. Asimismo, el TSJ dispondrá de una red de abogados y abogadas para asumir la asistencia jurídica sin costo monetario y los jueces deberán impulsar oficios de las causas que se sigan ante esta jurisdicción especial hasta su conclusión.
La resolución delega en la Sala de Casación Civil del TSJ la coordinación de la jurisdicción especial. Dicha sala queda facultada para proponer ante la Sala Plena los instructivos, protocolos de actuación judicial y manuales de buenas prácticas que deberán ser aplicados a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la resolución.
Rol rector del juzgador
En su artículo 7, se reitera que los jueces son los rectores del proceso y deberán impulsar de oficio las causas que se sigan ante esta jurisdicción especial hasta su conclusión.
Articulación institucional
En tal sentido, en su artículo 14 reza “los jueces y juezas que integran esta jurisdicción especial deberán requerir el auxilio de los órganos y entes del Estado venezolano, de conformidad con el principio constitucional de colaboración de poderes, para el cumplimiento de los fines previstos en la presente Resolución. En este sentido, podrán recabar información, pruebas de informes, experticias, inspecciones, peritajes, así como cualquier otra diligencia o medio probatorio que estime pertinente”.
Justicia a la mano
Finalmente, se pudo conocer a través de las informaciones compartidas por la dirección de Comunicación del ente rector en materia judicial que reúne a 20 magistrados, ‘’podrá crear más tribunales dentro de esta jurisdicción especial, cuando el número de causas así lo amerite’’.
Con esta declaración de las autoridades del máximo tribunal, se espera que los ciudadanos venezolanos y extranjeros afectados por los sismo en los estados nacionales comprometidos puedan acudir a estas instancias, que están garantizadas por el Estado venezolano a través de las instituciones tanto del Poder Judicial, como las del Poder Ejecutivo Nacional.
LUIS BLANCO / CIUDAD CCS
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